Dirección de Tierras-Departamento de Titulo y Transferencia

Autorización de venta y Transferencia

Pasos para obtener la documentación para el inicio del trámite

  • Ingresar tú D.N.I.
  • El sistema generará un trámite único para tú solicitud.
  • La información se envía al departamento de titulo y transferencia.
  • Se verifica y controla la documentación.
  • Se verifican antecedentes en la dirección de catastro.
  • Se envía el expediente al departamento inspecciones para corroborar que la construcción este de acuerdo al plano de obra.
  • En caso de estar la documentación en regla y de acuerdo a la ordenanza, se envía a comisión de tierras para generar la autorización de venta.
  • Con esta autorización el que transfiere debe realizar la cesión de derecho correspondiente (A SU EXCLUSIVO COSTO) ante un escribano.
  • Se envía a comisión de tierras para autorizar la confección del instrumento legal en caracter de escritura pública.
  • Puedes sacar un turno si necesitas asesoramiento personal.
  • Atención al público:

    09:00 a 13:00

    Teléfonos: 4853360-4858900

    dptotituloytransferenciamco@gmail.com

    Lugar

    Almirante Brown N° 271

    Requisitos:

  • Nota de solicitud con la firma autenticada ante el Juez de Paz o Escribano.
  • Fotocopia DNI certificada ante Juez de Paz o Escribano.
  • Plano de Obra "Aprobado" (Copia lamina - Arquitectura).
  • Fotocopia de la Resolución de Adjudicación.
  • Tener Construido Dormitorio, cocina y baño con los servicios correspondientes (luz, gas y agua).
  • Certificado de Domicilio extendido por la Policía.
  • Certificado de Dominio por la Parcela (Solicitarlo ante Escribano).
  • TRANSFERENCIA DE PARCELAS FISCALES

    Queda prohibida toda cesión, o transferencia de parcelas fiscales en forma total o fraccionada que no cuenten con título de propiedad, o con la expresa autorización del La Comisión Bidepartamental de Tierras. En caso que el adjudicatario quiera ceder o transferir sus derechos sobre la parcela y las mejoras, deberá requerir la autorización a La Comisión Bidepartamental de Tierras, el que dará curso favorable a la petición cuando aquel haya cumplido, como mínimo los siguientes requisitos:

  • a) Haber presentado la declaración jurada indicando las razones de cesión o transferencia y el estado de las mejoras.
  • b) Haber designado el escribano que intervendrá en la cesión o transferencia.
  • c) Que el futuro cesionario o adquirente se encuentre en condiciones de ser adjudicatario de parcelas.
  • d) No poseer deudas pendientes con el municipio.
  • e) Tener construido en la parcela fiscal como mínimo una habitación, baño, y cocina con sus correspondientes servicios sanitarios, de acuerdo al plano de obra aprobado.
  • Toda cesión o transferencia de derechos sin autorización previa de La Comisión Bidepartamental de Tierras carecerá de efectos frente a la Municipalidad de Caleta Olivia y a terceros, entendiéndose que dicho acto jurídico está viciado de nulidad absoluta desde su origen. - De existir en trámite solicitud de autorización de cesión o transferencia de derechos por parte del adjudicatario, no se agregará al expediente, instrumento de cesión de derecho alguno, y la documentación será devuelta por mesa de entrada. - Cuando se autorice una cesión o transferencia de derechos, la Municipalidad de Caleta Olivia percibirá una tasa correspondiente al 3% (tres por ciento) de la valuación fiscal total sobre la parcela y las mejoras. -

    Solicitud de inicio del trámite

    No esta habilitado por el momento