Requisitos:
Nota de solicitud con la firma autenticada ante el Juez de Paz o Escribano.
Fotocopia DNI certificada ante Juez de Paz o Escribano.
Plano de Obra "Aprobado" (Copia lamina - Arquitectura).
Fotocopia de la Resolución de Adjudicación.Tener Construido Dormitorio, cocina y baño con los servicios correspondientes (luz, gas y
agua).
Certificado de Domicilio extendido por la Policía.
Certificado de Dominio por la Parcela (Solicitarlo ante Escribano).
TRANSFERENCIA DE PARCELAS FISCALES
Queda prohibida toda cesión, o transferencia de parcelas fiscales en forma total o fraccionada que no
cuenten con título de propiedad, o con la expresa autorización del La Comisión Bidepartamental de
Tierras.
En caso que el adjudicatario quiera ceder o transferir sus derechos sobre la parcela y las mejoras,
deberá requerir la autorización a La Comisión Bidepartamental de Tierras, el que dará curso favorable
a la petición cuando aquel haya cumplido, como mínimo los siguientes requisitos:
a) Haber presentado la declaración jurada indicando las razones de cesión o transferencia y el estado de las mejoras.
b) Haber designado el escribano que intervendrá en la cesión o transferencia.
c) Que el futuro cesionario o adquirente se encuentre en condiciones de ser adjudicatario de parcelas.
d) No poseer deudas pendientes con el municipio.
e) Tener construido en la parcela fiscal como mínimo una habitación, baño, y cocina con sus correspondientes servicios sanitarios, de acuerdo al plano de obra aprobado.
Toda cesión o transferencia de derechos sin autorización previa de La Comisión Bidepartamental de
Tierras carecerá de efectos frente a la Municipalidad de Caleta Olivia y a terceros, entendiéndose que
dicho acto jurídico está viciado de nulidad absoluta desde su origen. -
De existir en trámite solicitud de autorización de cesión o transferencia de derechos por parte del
adjudicatario, no se agregará al expediente, instrumento de cesión de derecho alguno, y la
documentación será devuelta por mesa de entrada. -
Cuando se autorice una cesión o transferencia de derechos, la Municipalidad de Caleta Olivia percibirá
una tasa correspondiente al 3% (tres por ciento) de la valuación fiscal total sobre la parcela y las
mejoras. -